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Cuenta estos días Estela Carretero en El Diario de Ávila que, cuando con 50 años Antonio López asumió el cargo de juez de paz de Hoyocasero nunca pensó que 16 años después seguiría siendo el ‘vecino conciliador’ de su pueblo. «Es que nadie quiere presentarse», dice este pastelero que se ha pasado toda la vida en el obrador de la pastelería familiar Soles de Gredos, «por eso -prosigue- si no se presenta nadie la próxima vez tendré que seguir siéndolo durante más años». Y es que, pese a lo que se pudiera pensar, muchos ayuntamientos tienen verdaderos problemas para encontrar a algún vecino que quiera asumir las funciones que implica este órgano judicial unipersonal con jurisdicción en el ámbito local.
En todos aquellos ayuntamientos donde no existe Juzgado de Primera Instancia (en el caso de la provincia de Ávila, en todos los municipios salvo Arévalo, Arenas de San Pedro, Piedrahíta y la capital) tiene que haber un juez de paz. No se trata de hombres formados en leyes, ni especialmente doctos en jurisdicción, sino que lo que fundamentalmente se valora en su elección es «que se trate de personas sensatas». Esa es la principal cualidad que deben tener quienes ostentan el cargo de juez de paz, puesto que, como explica Antonio Dueñas Campos, juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ávila, se encarga de elegir, en función del currículo aportado, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Burgos de entre la terna de candidatos presentados por el Pleno de cada Ayuntamiento.
Personas mayores, amas de casa, agricultores, jubilados... suelen ocupar este puesto «por el que no se cobra nada» pero por el que sí se recibe una pequeña remuneración en concepto de gastos que no llega a los 100 euros mensuales.
Las funciones del juez de paz, puesto que se renueva cada cuatro años, se dividen en tres áreas juridisccionales: Civil, Penal y Registro Civil, aunque en la mayoría de los casos el groso de sus tareas lo ocupan los asuntos civiles, entre los que se incluyen la celebración de actos de conciliación entre vecinos del pueblo y la práctica de diligencias de citación, notificación y emplazamientos, siempre a instancias de un Juzgado.
Aunque es menos frecuente, en algunas ocasiones y ante determinados supuestos, tal y como establece el artículo 620.2 del Código Penal, también «pueden celebrar juicios de faltas por injurias y calumnias que incurran en la localidad» y, por delegación de los Juzgados de Instrucción, «también pueden tomar declaraciones a testigos y perjudicados en asuntos penales de no excesiva complejidad».
Por último, los jueces de paz suelen ser, junto con el secretario, los responsables del Registro Civil de su localidad, siendo los encargados no sólo de la instrucción del expediente y la celebración de matrimonios civiles, sino también de inscribir a los nacidos en el municipio (o a aquellos que no naciendo en la localidad sí son hijos de vecinos del pueblo) y también de registrar las defunciones.
Amigos y enemigos. Lógicamente hay funciones más amables que otras, tal y como afirma el juez de paz de Hoyocasero al que no le agrada mucho celebrar juicios de faltas en los que tiene la potestad de poder imponer sanciones de hasta 190 euros. «Lo de sancionar no es muy agradable, máxime en un pueblo de 400 habitantes», afirma, sobre todo porque por muy ecuánime que uno sea y muy justo, «en estos casos siempre hay alguien que sale perjudicado», por eso no es extraño que, como afirma Antonio López, en estos 16 años haya hecho muchos amigos, «pero también algunas enemistades, algo que, por otra parte, imagino que también ocurre en otras profesiones cuando uno tiene que tomar partido».
Quien de momento no le ve nada malo al ser juez de paz es Agustina Negrete, la responsable del Juzgado de Paz de Madrigal de las Altas Torres, quien tomó posesión de este cargo hace medio año. Aunque hasta el momento sólo ha tenido que celebrar cuatro actos de conciliación, «la mayoría por temas de lindes y propiedades», en dos de los cuales ha conseguido poner de acuerdo a ambas partes, para esta mujer de 44 años quizás lo mejor de su cargo es «la celebración de matrimonios civiles» y «el poder vivir la ciudadanía de un modo diferente».
«Aunque no diría que son los hombres buenos del pueblo, lo cierto es que no tienen que ser malos», eso es lo que dice el titular del Juzgado número 3 de Ávila sobre las cualidades que debe cumplir un buen juez de paz que, sobre todo, debe ser «sensato y conciliador». Y es que la capacidad para mediar en conflictos es una de las bazas que se les pide a estas personas que con bastante frecuencia tienen que celebrar actos de conciliación orientados a poner de acuerdo, siempre que se pueda, a vecinos enfrentados.
Después de 16 años, el juez de paz de Hoyocasero se ha convertido en un experto en esto de conciliar, ya que de los «seguramente unos 300 actos de conciliación» en los que ha intervenido durante todo este tiempo, ha conseguido poner de acuerdo a sus vecinos en todos los casos salvo en uno relativo a una alambrada medianera en un prado. «Pero en este caso al final, y tras gastarse el dinero en abogados, también se arrepintieron y me dieron la razón». Su lema es, como él mismo asegura, «intentar arreglar las cosas para evitar que denuncien y se gasten más dinero».
Quien no ha tenido tanta suerte a la hora de reconciliar a sus vecinos es Mari Carmen Rando, la juez de paz de Velayos, quien, de momento, todavía no ha conseguido poner de acuerdo a sus vecinos en ninguna ocasión, aunque reconoce, con una sonrisa y cierto alivio, que «por suerte, he tenido más bodas que actos de conciliación».
Aunque como reconocen los tres protagonistas de este reportaje el cargo no les quita mucho tiempo, si es cierto que implica un gran compromiso y mucha responsabilidad, aunque también conlleva «muchas satisfacciones» para estos hombres y mujeres de paz.
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